El contagio por COVID 19 en sanitarios se sigue considerando accidente laboral

Este martes 05 de agosto, en consejo de ministros se ha aprobado un Real Decreto-ley que, además de incluir una serie de medidas económicas, figura la prórroga como contingencia profesional que se derivan de accidentes de trabajo de las enfermedades padecidas por el personal que presta servicio en los centros sanitarios como consecuencia del COVID 19

De esta manera se aprueba la petición realizada por la Organización Médica, donde se solicita que se prorrogue la ley que considera el contagio de COVID 19 un accidente laboral para los sanitarios.

[bctt tweet=»El contagio por COVID 19 se seguirá considerando accidente laboral para el personal sanitario hasta nuevo aviso. Esto como consecuencia del incremento de casos por #COVID en las últimas semanas a nivel nacional y global» username=»legalizados_»]

Esta extensión de ley se produce desde el 01 de agosto del 2020 hasta que las autoridades sanitarias consideren que se debe dar de alta a todas las medidas de prevención que se adoptaron para hacerle frente a la crisis sanitaria provocada por la pandemia del COVID.

Para obtenerlo, los sanitarios deben presentar ante la Seguridad Social el contagio que han sufrido mediante el correspondiente accidente de trabajo, que deberá haberlo expedido dentro del mismo período de referencia.

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