El Registro electrónico de apoderamientos de la Seguridad Social fue modificado

El Gobierno Nacional ha modificado la regulación del registro electrónico de los apoderamientos de la Seguridad Social. Esto se debe a  la necesidad de que dichos apoderamientos sean inscritos en los registros de las diferentes administraciones públicas.

En la orden publicada en el BOE se plantea la regulación de los requisitos y condiciones del funcionamiento del registro electrónico en el que se inscribirán los apoderamientos de forma voluntaria y se otorgue ¨ apud acta¨ en favor del tercero bien sea de forma presencial o electrónicamente para actuar en su nombre frente a la administración de la Seguridad Social.

[bctt tweet=»Ha sido modificado el Registro electrónico de apoderamientos de la Seguridad Social » username=»legalizados_»]

Será un registro único, el cual no es público y para acceder a él debe ser por la sede electrónica de la secretaría de estado de la seguridad social y pensiones.

El apoderado debe aceptar el apoderamiento en un plazo de un mes desde que se le otorgue. El apoderamiento tendrá efecto desde la fecha en que conste excepción en el registro.

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