Solicitantes de Asilo denegado podrían continuar trabajando

Desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones llega la información de que se han dictado instrucciones para que la Seguridad Social no dé de baja en el sistema a aquellos solicitantes que se encuentren bajo la Protección Internacional (asilo), a los cuales se les haya denegado el asilo de manera provisional y no con resolución definitiva.

Se ha llegado a esta decisión en vista de la gran cantidad de quejas que ha recibido la Institución indicando que la Tesorería General de la Seguridad Social al revisar el oficio del solicitante y si se le ha negado el asilo a primera instancia, se le da de baja automáticamente de la Seguridad Social aunque esté pendiente una resolución definitiva.

https://legalizados.es/arraigo-laboral-como-residencia-denegado-asilo-espana/

«Esta situación se ha venido produciendo a consecuencia del retraso, de casi seis años, de la transposición al ordenamiento jurídico español de la Directiva 2013/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, por la que se aprueban normas para la acogida de los solicitantes de Protección Internacional»

El Defensor del Pueblo, intercediendo ante el Ministerio de Inclusión por miles de familias, ha conseguido esta norma (todavía en estudio) para que puedan continuar residiendo, trabajando y cotizando a la Seguridad Social, mientras se espera por resoluciones definitivas.

El Ministerio de Inclusión ha comunicado que por ahora se están estudiando los casos donde se les denegó el asilo y se están evaluando nuevamente los recursos pendientes de resolución en la vía  Contencioso-administrativa.

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